MUNICIPALIDAD DE LA HIGUERA Artículo 95°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 94° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de La Higuera en la Escala Unica por el siguiente:
"Artículo 94°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de La Higuera, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto-ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
_______________________________________________________
Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
_______________________________________________________
Planta Empleados
Alcalde 10° 14
Secretario Municipal, Alcaldía,
Ayudante Juez Policía Local y
Habilitado 10° 17
Inspector de Patentes y
Auxiliar de Secretaría 12° 21
Chofer 13° 26
Chofer 14° 28
Planta Obreros
Obreros 5° 28
Obreros 7° 30
Obreros 8° 31
Obreros 9° 32
El o los cargos de Inspector de Patentes y Auxiliar de Secretaría grado 21° se convertirán en grado 23° al quedar vacantes.
El o los cargos de Chofer grado 28° se convertirán en grado 30° al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.