MUNICIPALIDAD DE LAS CABRAS Artículo 101°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 100° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Las Cabras en la Escala Unica por el siguiente:
    "Artículo 100°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Las Cabras, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
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Nombre del Cargo            Grado Escala  Grado Escala
                                Municipal      Unica
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Alcalde                                      16
Planta de Empleados
Juez de Policía Local                9°      17
Secretario Municipal y Alcaldía      9°      19
Director Obras Municipales          10°      19
Secretaria Juzgado Policía Local    11°      21
Inspector Patentes y Tránsito      18°      23
Planta de Obreros
Choferes                            10°      28
Obreros no Calificados              10°      31
    El o los cargos de Secretaria Juzgado Policía Local de grado 21, se convertirán en grado 23 al quedar vacantes.
    El o los cargos de Inspector Patentes y Tránsito gr. 23, se convertirán en grado 24 al quedar vacantes.
    El o los cargos de Obreros no Calificados de grado 31, se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.