MUNICIPALIDAD DE LAUTARO Artículo 104°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 103° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Lautaro en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 103°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Lautaro, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
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Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
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Empleados
Planta Directiva, Profesional y Técnica
Alcalde 12
Secretario Municipal y Alcaldía 6° 15
Juez Policía Local 6° 13
Director de Obras Municipales 9° 15
Veterinario Administrador Matadero 12° 16
Médico Psicotécnico Ley 15.076
Planta Administrativa
Secretario Jdo. Policía Local 7° 20
Director del Tránsito 8° 19
Inspector de Patentes 8° 21
Mayordomo Policía de Aseo 10° 25
Mayordomo del Matadero 10° 25
Auxiliar de Secretaría 10° 26
Bibliotecaria 18° 23
Planta Obreros
Obreros 5° 29
Obreros 6° 31
Obreros 8° 32
El o los cargos de Bibliotecaria grado 23° se convertirán en grado 27 al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes."