MUNICIPALIDAD DE MINCHA
Artículo 135°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 134° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Mincha en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 134°.- Fíjase a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Mincha, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del Decreto Ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
_______________________________________________________
Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
_______________________________________________________
Alcalde 17
PLANTA DE EMPLEADOS
Secretario Municipal y Alcaldía 9° 19RECTIFICACION
D.O. 30.09.1975
D.O. 30.09.1975
Inspector Patentes, Tránsito
y Municipal 14° 23
PLANTA DE OBREROS
Obreros 6° 31
El o los cargos de Secretario Municipal y Alcaldía grado 19° se convertirán en grado 20° al quedar vacantes.
El o los cargos de Inspector Patentes, Tránsito y Municipal grado 23° se convertirán en grado 25° al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros grado 31° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.