MUNICIPALIDAD DE PALENA Artículo 156°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 155° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Palena en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 155°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974 para los trabajadores de la Municipalidad de Palena, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
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Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
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Alcalde 16
Planta Administrativa
Secretario Municipal y de
la Alcaldía Gr. 8° 19
Planta de Obreros
Obrero Gr. 10° 30
El o los cargos de Obrero de grado 30 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.