MUNICIPALIDAD DE QUILLON Artículo 206°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 205° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Quillón en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 205°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Quillón, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
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Nombre del Cargo Grado Escala Grado
Municipal Escala Unica
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Planta Empleados
Alcalde y Juez Policía Local 7a Cat. 15°
Secretario Municipal Alcaldía del
Jdo. Pol. Local, Director Obras y
Habil. 7a Cat. 18°
Inspector Municipal 12° 21°
Director Tránsito, Inspector
Patentes 14° 21°
Inspector de Aseo y Ornato 15° 25°
Planta Obreros
Chofer 3° 27°
Carpintero 3° 27°
Obreros 4° 31°
El o los cargos de Inspector Municipal grado 21° se convertirán en grado 23° al quedar vacantes.
El o los cargos de Inspector de Aseo y Ornato grado 25° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros grado 31° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes."