MUNICIPALIDAD DE RINCONADA
Artículo 221.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 220° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Rinconada en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 220°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Rinconada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
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Grado Escala Grado Escala
Nombre del Cargo Municipal Unica
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Alcalde 17
Planta Empleados
Secretario Municipal y Alcaldía 2° 20
Director del Tránsito, Inspector
Municipal 5° 23
Planta Obreros
Obrero 6° 29
Obrero 7° 31
El o los cargos de Obrero de grado 31 seRECTIFICACION
D.O. 30.09.1975 convertirán en grado 35 al quedar vacantes.
D.O. 30.09.1975 convertirán en grado 35 al quedar vacantes.