MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO Artículo 230°- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 229° del Decreto-Ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de San Antonio en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 229.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de San Antonio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del Decreto-Ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
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Grado Escala Grado Escala
Nombre del Cargo Municipal Unica
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Alcalde 6
Planta Directiva, Profesional y Técnica
Secretario Abogado Municipal y
Alcaldía 1a Cat. 8
Juez Juzgado Policía Local 1a Cat. 7
Director Obras Municipales 1a Cat. 8
Jefe Depto. Control y Adquisiciones 1a Cat. 11
Asesor Urbanista, Jefe Oficina
Programación y Des. Comunal 6a Cat. 10
Director Depto. Tránsito y Depto.
Rentas e Inspección 6a Cat. 12
Jefe Depto. Aseo y Jardines Gr 1° 11
Administ. Matadero Médico
Veterinario Gr 2° 13
Planta Administrativa
Secretario Abogado Juzgado de Policía
Local Gr 6° 9
Oficiales Gr 6° 19
Oficiales Gr 7° 21
Oficiales Gr 8° 23
Oficiales Gr 10° 27
Ayudante Depto. Control y Adq. Gr 6° 19
Ayudante Municipal y Alcaldía Gr 6° 19
Ayudante Adm. Matadero Mun. Gr 7° 21
Ayudante Depto. Tránsito Gr 7° 21
Técnico Topógrafo Const. Civil Gr 8° 19
Médico Munic. Gabinete Psicotécnico Ley 15.076
Chofer Gr 6° 25
Choferes Gr 7° 27
Planta Obreros Especializados
Choferes Gr 1° 26
Carpintero Gr 1° 26
Calderero Gr 1° 26
Albañiles Gr 1° 26
Gásfiter Gr 1° 26
Jardineros Gr 1° 26
Servicios Menores
Oficiales de Sala (Porteros) Gr 1° 28
Obreros
Obreros Gr 1° 27
Obreros Gr 2° 29
Obrero Gr 8° 32
El o los cargos de Jefe de Depto. Tránsito y Depto. Rentas e Inspección grado 12 se convertirán en grado 13 al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficiales grado 21 se convertirán en grado 23 al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficiales grado 23 se convertirán en grado 25 al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficiales grado 27 se convertirán en grado 31 al quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudante Depto. Control y Adquisic. grado 19 se convertirán en grado 21 al quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudante Municipal y Alcaldía grado 19 se convertirán en grado 21 al quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudante Adm. Matadero Munic. grado 21 se convertirán en grado 23 al quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudante Depto. Tránsito grado 21 se convertirán en grado 23 al quedar vacantes.
El o los cargos de Chofer grado 25 se convertirán en grado 26 al quedar vacantes.
El o los cargos de Choferes grado 27 se convertirán en grado 28 al quedar vacantes.
El o los cargos de Choferes grado 26 se convertirán en grado 30 al quedar vacantes.
El o los cargos de Carpintero grado 26 se convertirán en grado 33 al quedar vacantes.
El o los cargos de Calderero grado 26 se convertirán en grado 33 al quedar vacantes.
El o los cargos de Albañil grado 26 se convertirán en grado 33 al quedar vacantes.
El o los cargos de Gásfiter grado 26 se convertirán en grado 33 al quedar vacantes.
El o los cargos de Jardineros de grado 26 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficiales de Sala (Porteros) grado 28 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.
El o los cargos de Obrero de grado 32 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes."