MUNICIPALIDAD DE TIRUA Artículo 259°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 258° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Tirúa en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 258°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Tirúa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
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Grado Escala
Nombre del Cargo Unica
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Alcalde 17°