MUNICIPALIDAD DE TOLTEN Artículo 261°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 260° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Toltén, en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 260°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Toltén, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
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Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
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Planta Directiva
Alcalde y Juez de Policía Local 3° 14°
Secretario Municipal y Alcaldía
e Inspector de Matadero 3° 17°
Planta Administrativa
Auxiliar de Secretaría,
Bibliotecario, Secretario
Juzgado de Policía Local
Inspector de Patentes y del
Tránsito 10° 21°
Planta de Obreros
Panteonero 8° 27°
Choferes 10° 27°
Matarife 10° 31°
El o los cargos de Panteonero grado 27° se convertirán en grado 29° al quedar vacantes.
El o los cargos de Matarife grado 31° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.