MUNICIPALIDAD DE TUCAPEL
"Artículo 265°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 264° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Tucapel en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 264°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Tucapel, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
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Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
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Planta Directiva, Profesional y Técnica
Alcalde 7° 14°
Secretaria Municipal, Alcaldía y
Director Tránsito 7° 17°
Abogado Municipal 12° 17°
Médico Gabinete Psicotécnico Ley 15.076
Planta Administrativa
Secretario Jdo. Policía Local y
Ayudante Secretaría Municipal 11° 19°
Inspector Alumbrado 12° 23°
Inspector Patentes 21° 26°
Escalafón Separado
Chofer Maquinarias 16° 25°
Chofer Maquinarias 21° 27°
Planta Obreros
Obreros Tractoristas 7° 27°
Obreros 7° 31°
El o los cargos de Secretario Jdo. Policía Local y Ayudante Secretaría Municipal grado 19 se convertirán en grado 21 al quedar vacantes.
El o los cargos de Chofer Maquinarias grado 25° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Chofer Maquinarias grado 27° se convertirán en grado 30° al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros Tractoristas grado 27° se convertirán en grado 29 al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros grado 31° se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.