MUNICIPALIDAD DE VALDIVIA
"Artículo 266°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 265° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Valdivia en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 265°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Valdivia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
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Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
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Alcaldía y Secretaría Municipal
Alcalde 5°
Sec. Municipal y de Alcaldía Gr 5° 8°
Oficial 1ero. 6° 21°
Oficial 2do. 8° 23°
Oficial 3ero. 8° 25°
Telefonista 11° 29°
Cont. Control Adquisiciones
Contador Jefe Contralor 1a Cat 9°
Contador Jefe Adquisiciones Gr 5° 16°
Oficial 1ero. 6° 21°
Oficial 2do. 11° 29°RECTIFICACION
D.O. 30.09.1975
D.O. 30.09.1975
Defensa
Abogado 1a Cat 10°
Dirección de Obras
Director, Const. Colegiado 6a Cat 8°
Constructor Civil Gr 2° 12°
SE. Administ. Estadios 5° 17°
Oficial 1ero. 8° 23°
Inspector 1ero. 8° 21°
Inspector 2do. 9° 23°
Inspector 3ero. 11° 25°
Mayordomo 11° 27°
Mayordomo Estadios 9° 25°
Dirección del Tránsito
Director 6a Cat 9°
Secretario Gr 7° 22°
Oficial 1ero. 8° 23°
Oficial 2do. 9° 24°
Oficial 3ero. 11° 29°
Médico Psicotécnico 11° Ley 15.076
Patentes, Rentas, Mercado y Ferias
Libres
Contador Jefe Rentas 3° 10°
Secretaria 6° 21°
Oficial 1ero. 9° 24°
Oficial 2do. 9° 24°
Oficial 3ero. 8° 23°
Recaudador 9° 24°
Inspector 8° 23°
Dirección de Aseo y Ornato
Director 5° 10°
Secretario 8° 23°
Mayordomo Jardines 10° 26°
Planeamiento y Alumbrado
Arquitecto, Asesor Urbanista 5a Cat 9°
Jefe Alumbrado y Dibuj. 6° 16°
Dibujante 10° 25°
Oficial 1° 11° 29°
Mayordomo Alumbrado 29°
Biblioteca
Bibliotecaria 8° 18°
Encuadernador 10° 29°
Juzgado Policía Local
Juez 1a Cat. 1a Cat 7°
Secretaria 5° 19°
Oficial 1° 6° 21°
Oficial 2do. 7° 22°
Oficial 3ero. 11° 29°
Oficial 4to. 9° 24°
Taller
Jefe 6° 23°
Mecánico Jefe 8° 25°
Choferes 8° 26°
Choferes 9° 27°
Choferes 10° 28°
Choferes 11° 29°
Auxiliares
Auxiliares 2° 27°
Auxiliares 3° 29°
Auxiliares 4° 31°
Auxiliares 5° 32°
Dirección de Obras
Ayudante Mecánico 3° 27°
Ayudante Mecánico 5° 29°
Ayudante Mecánico 6° 31°
Albañil 3° 27°
Albañil 5° 29°
Ayudante Albañil 3° 30°
Tractorista 4° 30°
Sereno 3° 30°
Gásfiter 3° 30°
Carpinteros 1° 27°
Carpinteros 2° 28°
Carpinteros 3° 29°
Carpinteros 6° 31°
Jornaleros 2° 27°
Jornaleros 3° 28°
Jornaleros 4° 29°
Jornaleros 5° 31°
Jornaleros 6° 32°
Dirección Planeamiento y Alumbrado
Electricista 3° 27°
Ayudante Electricista 1° 28°
Ayudante Electricista 3° 29°
Ayudante Electricista 4° 30°
Ayudante Electricista 5° 31°
Dirección de Aseo y Ornato
Mayordomo 1° 26°
Tractorista 2° 27°
Jornaleros 2° 27°
Jornaleros 3° 28°
Jornaleros 4° 29°
Jornaleros 5° 31°
Jornaleros 6° 32°
Mercado
Recaudador Mercado 1° 26°
Jornalero 2° 27°
Jornalero 5° 31°
Jornalero 6° 32
El o los cargos de Alcalde grado 5° se convertirán en grado 6° al quedar vacantes.
El o los cargos de Contador Jefe Contralor grado 9° se convertirán en grado 10° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial 2°. Cont. Control Adquisiciones grado 29° se convertirán en grado 31° al quedar vacantes.
El o los cargos de Constructor Civil grado 12° se convertirán en grado 13° al quedar vacantes.
El o los cargos de Inspector 3ero. grado 25° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Mayordomo Estadios grado 25° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Director del Tránsito grado 9° se convertirán en grado 11° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial 2do. Dirección Tránsito grado 24° se convertirán en grado 25° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial 3ero. Dirección Tránsito grado 29° se convertirán en grado 31° al quedar vacantes.
El o los cargos de Contador Jefe Rentas grado 10° se convertirán en grado 13° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial 1ero. Patentes, Rentas, Mercados y Ferias Libres grado 24° se convertirán en grado 25° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial 2do. Patentes, Rentas, Mercados y Ferias Libres grado 24° se convertirán en grado 26° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial 3ero. Patentes, Rentas, Mercados y Ferias Libres grado 23° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Recaudador grado 24° se convertirán en grado 25° al quedar vacantes.
El o los cargos de Director Dirección de Aseo y Ornato grado 10° se convertirán en grado 11° al quedar vacantes.
El o los cargos de Mayordomo Jardines, Director Aseo y Ornato grado 26° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Arquitecto Asesor Urbanista grado 9° se convertirán en grado 10° al quedar vacantes.
El o los cargos de Bibliotecaria grado 18° se convertirán en grado 20° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial 4to. Juzgado de Policía Local grado 24° se convertirán en grado 30° al quedar vacantes.
El o los cargos de Choferes grado 29° se convertirán en grado 30° al quedar vacantes.
El o los cargos de Auxiliares grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudante Mecánico grado 29° se convertirán en grado 30° al quedar vacantes.
El o los cargos de Albañil grado 29° se convertirán en grado 30° al quedar vacantes.
El o los cargos de Carpintero grado 31° se convertirán en grado 33° al quedar vacantes.
El o los cargos de Jornaleros Dir. Obras grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudante Electricista grado 31° se convertirán en grado 33° al quedar vacantes.
El o los cargos de Jornaleros Dir. Aseo y Ornato grado 28° se convertirán en grado 29° al quedar vacantes.
El o los cargos de Jornaleros Dir. Aseo y Ornato grado 29° se convertirán en grado 30° al quedar vacantes.
El o los cargos de Jornaleros Dir. Aseo y Ornato grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.
El o los cargos de Jornaleros Mercado grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.