MUNICIPALIDAD DE VILLA ALEMANA Artículo 273.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 272° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Villa Alemana en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 272°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Villa Alemana, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica
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Grado Escala Grado Escala
Nombre del Cargo Municipal Unica
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Alcalde 9
Secretario Municipal 2a Cat. 12
Secretario Alcaldía 2a Cat. 12
Juez de Policía Local 2a Cat. 10
Director de Obras Municipales 2a Cat. 12
Dir. Depto. Control y Cont. 2a Cat. 12
Dir. Depto. Aseo y Jardines 2a Cat. 13
Dir. Depto. Tránsito 2a Cat. 13
Dir. Depto. Patentes y Rentas 2a Cat. 13
Sub-Director Depto. Control y
Habilitado del Personal 4a Cat. 16
Sub-Direc. Depto. Aseo y Jardines 4a Cat. 16
Sub-Direc. Depto. Patentes y Rentas 4a Cat. 16
Sub-Director Depto. del Tránsito 4a Cat. 16
Sub-Director de obras Municipales 4a Cat. 16
Arquitecto Urbanista 6a Cat. 15
Médico Gabinete Psicotécnico Gr 1° Ley 15.076
Planta Administrativa
Secret. Juzgado Policía Local Gr 1° 19
Administ. Estadio y Coordinador 2° 21
Secretario Inspector 2° 21
Secretaria Of. Partes e Inform. 2° 21
Secretaria Depto Patentes y Rentas 2° 21
Inspector Adm. Mercado y Ferias 3° 23
Secretario Inspector 3° 23
Inspector Examinador Tránsito 3° 23
Inspector Municipal 4° 25
Inspector Municipal 5° 25
Secretaria Dirección Tránsito 6° 27
Inspector Municipal 6° 27
Choferes electricistas y otros personales
especializados
Chofer Municipal 3° 25
Chofer Municipal 3° 25
Mecánico Municipal 3° 25
Chofer Municipal 4° 27
Chofer Municipal 6° 29
Servicios Menores
Mayordomo Of. Municipales 3° 25
Mayordomo Merc. Municipal 6° 29
Obreros Municipales Especializados
Albañil 1° 25
Carpintero 1° 25
Gásfiter 1° 25
Pintor 1° 25
Soldador 1° 25
Obreros Municipales sin Calificación
Gr. 1° 25
2° 27
3° 28
4° 29
5° 30
6° 31
7° 32
El o los cargos de Secretario Alcaldía grado 12, se convertirán en grado 15 al quedar vacantes.
El o los cargos de Dir. Depto. Control y Cont. grado 12, se convertirán en grado 14 al quedar vacantes.
El o los cargos de Dir. Depto. Aseo y Jardines grado 13, se convertirán en grado 14 al quedar vacantes.
El o los cargos de Dir. Depto. Tránsito grado 13, se convertirán en grado 14 al quedar vacantes.
El o los cargos de Dir. Depto. Patentes y Rentas, grado 13, se convertirán en grado 14 al quedar vacantes.
El o los cargos de Administrador Estadio y Coordinador grado 21, se convertirán en grado 22 al quedar vacantes.
El o los cargos de Secretario Inspector grado 21, se convertirán en grado 22 al quedar vacantes.
El o los cargos de Secretaria Of. Partes e Inform. grado 21, Secretaria Depto. Patentes y Rentas grado 21, se convertirán en grado 22 al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros Municipales Especializados, grado 25, se convertirán en grado 27 al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros Municipales sin Calificación grado 32, se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.