ARTICULO 2° El objeto del Servicio Nacional deDL 3477
1980
ART 19 a) Turismo será investigar, planificar, fomentar, promover y coordinar la actividad turística, ejerciendo para ello las funciones que se determinen en este decreto ley y en Ley 20423
Art. 52 Nº 1
D.O. 12.02.2010las normas que lo complementen.
1980
ART 19 a) Turismo será investigar, planificar, fomentar, promover y coordinar la actividad turística, ejerciendo para ello las funciones que se determinen en este decreto ley y en Ley 20423
Art. 52 Nº 1
D.O. 12.02.2010las normas que lo complementen.