Artículo 25.- Al Departamento de Aseos y Ornato corresponderá:
a) El aseo de las vías públicas, parques, plazas, jardines y, en general, de los bienes nacionales de uso público existentes en la comuna;
b) El servicio de extracción de basura, y
c) La construcción, conservación y administración de las áreas verdes de la comuna.