Artículo 25.- Al Departamento de Aseos y Ornato corresponderá:

    a) El aseo de las vías públicas, parques, plazas, jardines y, en general, de los bienes nacionales de uso público existentes en la comuna;
    b) El servicio de extracción de basura, y
    c) La construcción, conservación y administración de las áreas verdes de la comuna.