Artículo 26.- Al Departamento de Tránsito y Transporte Público corresponderá otorgar y renovar licencias para conducir vehículos, autorizar la circulación de vehículos motorizados, determinar el sentido de dicha circulación, señalizar adecuadamente las vías públicas y, en general, ejercer las funciones que le encomiende la Ordenanza General del Tránsito.