Ley 20392
Art. 1 Nº 7
D.O. 14.11.2009
    Artículo 10°.- El Presidente Ejecutivo es responsable de ejecutar los acuerdos del directorio y de supervisar todas las actividades productivas, administrativas y financieras de la Empresa, en la forma en que establece esta ley. Al Presidente Ejecutivo le serán aplicables las normas sobre responsabilidad, atribuciones, deberes, derechos, prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades establecidas para los gerentes en la ley Nº 18.046, como asimismo, las inhabilidades e incompatibilidades que establece la presente ley para los directores.
    Sin perjuicio de lo anterior, el Presidente Ejecutivo tendrá las atribuciones que el directorio le delegue y las funciones que éste determine.