Artículo 20°.- La empresa podrá efectuar revisiones trimestrales del presupuesto a que se refiere el artículo 17°, y modificar la composición de los ingresos y de gastos mensuales.
Tales modificaciones no implicarán enmendar el nivel de gastos anual ni el traspaso de excedentes mensuales y/o anuales establecidos en el presupuesto original de Caja, salvo cuando sean consecuencia de las causales a que se refiere el artículo 16°.