Artículo 7°- Suprímense los cargos de Jefes de las Oficinas de Identificación de Cauquenes, Talcahuano y Puerto Montt, grado 17 de la Escala Unica de Sueldos, del Servicio del Registro Civil e Identificación, y creando en su reemplazo los cargos de Subjefe en las Oficinas del Registro Civil de "Recoleta", "Portales" y "Moneda", 1°, 2° y 3° circunscripciones del departamento de Santiago, respectivamente, con el grado 17 de la referida Escala Unica de Sueldos.