Artículo 20°.- Fíjanse los siguientes requisitos,LEY 18959
Art. 11°
a contar del 1° de enero, a las plantas del Comité de Inversiones Extranjeras:
-
    PLANTA DIRECTIVOS
    Fiscal:
    Estar en posesión de título de Abogado y acreditar 6 años de experiencia, de los cuales 1,5 a lo menos en el sector público.
-
    PLANTA PROFESIONAL
    Estar en posesión de un título profesional universitario con estudios iguales o superiores a diezLEY 19207
Art.Primero
7.-
semestres académicos en alguna de las áreas de Derecho, Economía o Administración, y la siguiente experiencia:
    Profesional I  : 4 años.
    Profesional II  : 3 años.
    Profesional III : 1,5 años.
    En el caso de poseer un título de postgrado a nivel de Doctorado y/o Magister, los años de experiencia se reducirán a:
    - Profesional  I  :        2 años
    - Profesional II  :        1,5 años
    PLANTA DE TECNICO
    Título de Técnico otorgado por establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste.
    En el caso de Técnico Nivel I alternativamente:
    Título de Secretaria Bilingüe con 3 años de experiencia; o acreditar desempeño en el área de comunicaciones con experiencia de 5 años y dominio del idioma inglés; o título de Contador General con experiencia de 5 años en la Administración Pública en el área de contabilidad.
    En el caso de Técnico Nivel II alternativamente:
    Título de Contador General con 3 años de experiencia en contabilidad en el sector público.
-
    PLANTA ADMINISTRATIVA
    Estar en posesión de la Licencia de Enseñanza Media y 3 años de experiencia en el sector público.