MODIFICA DECRETO LEY N° 1.350, DE 1976, EN LO RELATIVO AL REGIMEN DE CONTRATACION DE EMPRESTITOS Y ADQUISICIONES
    Núm. 1.934.- Santiago, 5 de Octubre de 1977.- Visto: lo dispuesto en los decretos leyes N° 1 y 128, de 1973; 527, de 1974; 991, de 1976, y
    Considerando:
    La conveniencia de precisar el régimen a que debe sujetarse la Corporación Nacional del Cobre de Chile en lo que respecta a la contratación de empréstitos internos o externos en moneda nacional o extranjera, y a las adquisiciones de bienes o prestaciones de servicios desde el exterior con pago a más de 1 año plazo;
    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
    Decreto ley:

    Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto ley N° 1.350, de 1976:
    1.- Sustitúyese la letra l) del artículo 9°, por la siguiente:
    1) Autorizar la contratación de empréstitos internos o externos en moneda nacional o extranjera.
    Los créditos que la empresa contrate deberán ser autorizados, mediante oficio, por el Ministerio de Hacienda. Tratándose de créditos a más de 1 año plazo se requerirá también dicha autorización para iniciar las gestiones correspondientes".
    2.- Agrégase a la letra g) del artículo 10, sustituyendo el punto y coma (;) por un punto seguido, la siguiente frase:
    "En el evento de que estas adquisiciones o contrataciones se efectúen en el exterior y su financiamiento o pago se pacten a más de 1 año plazo, necesitarán la autorización, mediante oficio del Ministro de Hacienda".

    Artículo 2°.- Declárase, interpretando los artículos 9°, letra l), y 25 inciso primero, del decreto ley N° 1.350, de 1976, que a la Corporación Nacional del Cobre de Chile no le es ni le ha sido aplicable el decreto ley N° 1.263, de 1975.

    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- José Berdichewsky Scher, General de Aviación, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea subrogante.- Pedro Larrondo Jara, Capitán de Navío AB, Ministro de Hacienda subrogante.- Rubén Schindler Contardo, Coronel de Carabineros, Ministro de Minería subrogante.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda atentamente a U.- Pedro Larrondo Jara, Capitán de Navío, AB, Subsecretario de Hacienda.