AMPLIA FRANQUICIAS ADUANERAS A CHILOE CONTINENTAL Y AYSEN, A CONTAR DEL 1° DE ENERO DE 1978
Núm. 2.088.- Santiago, 26 de Diciembre de 1977.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes N°s 1 y 128, de 1973; 527, de 1974; y 991, de 1976,
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto ley N° 1.980, de 1977:
-a) Reemplázase la expresión "Artículo único" por "Artículo 1°".
-b) Agrégase el siguiente artículo segundo nuevo:
"Artículo 2°- El resto de las mercancías no mencionadas en el artículo 1° precedente, con excepción de las mercancías prohibidas en el régimen general de importación, podrán importarse a la XI Región y Zona Continental de Chiloé, afectas únicamente a un derecho ad-valorem del 5% y al Impuesto a las Ventas y Servicios. Este derecho ad-valorem será un 75% para los automóviles y station-wagons de un valor FOB de hasta US$ 3.500.- más US$ 500 en accesorios opcionales. La importación de estos vehículos de un valor superior al señalado se sujetará en todo a la legislación general del país.
No obstante lo dispuesto en el decreto ley 889, de 1975, y sus modificaciones, las importaciones a que se refiere el inciso precedente seguirán rigiéndose por las normas especiales de orden bancario y cambiario que se encuentren vigentes al 31 de Diciembre de 1977 para las importaciones amparadas por el decreto ley 889 ya mencionado, y por las disposiciones del artículo 35 de la ley N° 13.039.
El presente artículo tendrá una vigencia de dos años contados desde el 1° de Enero de 1978".
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Mario Duvauchelle Rodríguez, Capitán de Navío, JT, Secretario de Legislación de la Junta de Gobierno.