Artículo 30 B.- Los varones convocados en virtudLEY 20045
Art. 1º Nº 24
D.O. 10.09.2005 del sorteo general podrán recurrir a la correspondiente Comisión Especial de Acreditación con objeto de hacer valer las causales de exclusión que correspondan, en conformidad con el artículo 42.
Art. 1º Nº 24
D.O. 10.09.2005 del sorteo general podrán recurrir a la correspondiente Comisión Especial de Acreditación con objeto de hacer valer las causales de exclusión que correspondan, en conformidad con el artículo 42.
La reclamación se interpondrá por escrito ante cualquier Cantón de Reclutamiento, dentro de los treinta días siguientes a la publicación de los resultados del sorteo general, acompañando los documentos o antecedentes que le sirvan de fundamento.