Artículo 42 B.- Se asegura a las personas que seLEY 20045
Art. 1º Nº 30
D.O. 10.09.2005 encuentren cumpliendo el servicio militar obligatorio el efectivo ejercicio del conducto regular, teniendo siempre derecho a ser oídas por la autoridad militar a cargo de la unidad o dependencia en que se desempeñen, con objeto de hacer presente cualquier situación de su interés.
Art. 1º Nº 30
D.O. 10.09.2005 encuentren cumpliendo el servicio militar obligatorio el efectivo ejercicio del conducto regular, teniendo siempre derecho a ser oídas por la autoridad militar a cargo de la unidad o dependencia en que se desempeñen, con objeto de hacer presente cualquier situación de su interés.