SEÑALA DEPENDENCIA Y CREA PLANTA DE PERSONAL DE LA SECRETARIA EJECUTIVA DEL COMITE DE INVERSIONES EXTRANJERAS

    Núm. 2.313.- Santiago, 10 de Agosto de 1978.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes N°s. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y 991, de 1976,
    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente

    Decreto ley:


    Artículo 1°- La Secretaría Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras establecida en el decreto ley N° 1.748, de 1977, constituye un servicio dependiente del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, cuyas funciones y atribuciones están señaladas en dicho cuerpo legal.

    Artículo 2°- Créase la siguiente planta de personal para la Secretaría Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras, con los escalafones, niveles y grados de la escala de remuneraciones del artículo 1° del decreto ley N° 249, de 1974, que se indican:

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  N° de cargos  Escalafón              Nivel Grado E.U.
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                Jefe Superior del
                Servicio

    1          Secretario Ejecutivo____ III      2

                Directivos Superiores

    1          Prosecretario Ejecutivo_  II      3
    1          Fiscal__________________ III      4
    1          Abogado Jefe,
                Departamento Estudios
                y Contratos_____________ III      4
    1          Ingeniero Jefe Asesor___ III      4
    1          Ingeniero Jefe
                Departamento Control y
                Registro________________ III      4

                Abogados

    1          Abogado_________________  I      4

                Jefaturas B

    3          Jefes de Sección________  II      14

                Oficiales Administrativos

    2          Oficiales
                Administrativos_________  I      19
    1          Oficial Administrativo__  I      20
    1          Chofer__________________          24
    1          Auxiliar________________          25


    Artículo 3°- Suprímense, en la planta de la Corporación de Fomento de la Producción, los siguientes cargos:
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    Cargo                                    Grado E.U.
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  1  Secretario Ejecutivo del Comité de
    Inversiones Extranjeras__________________    3
  1  Prosecretario Ejecutivo del Comité de
    Inversiones Extranjeras__________________    4
  1  Coordinador General del Comité de
    Inversiones Extranjeras__________________    4
  1  Jefe de Departamento_____________________    5
  1  Abogado__________________________________    6


    Artículo 4°- El mayor gasto fiscal que representa este decreto ley se financiará con cargo a la provisión de fondos consultada en la Partida Tesoro Público 57-01-00-80, del Presupuesto vigente.

    ARTICULOS TRANSITORIOS
    Artículo 1°- Declárase bien invertidos los fondos asignados por la Corporación de Fomento de la Producción para el funcionamiento durante el año 1977, de la Secretaría Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras, puestos a disposición de dicha entidad, y no invertidos al 18 de Marzo de 1977, fecha de vigencia del decreto ley N° 1.748, que se destinaron al resto del año 1977, y durante 1978 a gastos de la Secretaría Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras, entendiéndose el Secretario Ejecutivo durante este período facultado para contratar directamente servicios profesionales u otros, a honorarios, necesarios para la marcha de la Secretaría Ejecutiva.

    Artículo 2°- La primera designación en los cargos de los escalafones de Abogados, de Jefaturas B y de Oficiales Administrativos, a que se refiere el artículo 2°, será de libre designación del Presidente de la República. El personal que se desempeña como contratado o a honorarios en la Secretaría Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras deberá cumplir los requisitos del decreto supremo de Hacienda (DFL.) N° 90, de 1977, cuando sea nombrado, en la planta que se crea por el presente decreto ley, en un cargo de nivel superior al que ocupa actualmente.
    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile.- Pablo Baraona Urzúa, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Mario Duvauchelle Rodriguez, Capitán de Navío, JT, Secretario de Legislación de la Junta de Gobierno.