Artículo 6°.- Trasládase el Cuarto Juzgado de Letras de Mayor Cuantía en lo Civil de Valparaíso a la comuna de Viña del Mar, tribunal que empezará a ejercer sus funciones en esta ciudad una vez que el Ministerio de Justicia ponga el local respectivo a disposición de la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
    La misma Corte de Apelaciones determinará la forma en que serán distribuidos entre los tres Juzgados de Letras de Mayor Cuantía en lo Civil de Valparaíso, los juicios y asuntos en tramitación ante el Cuarto Juzgado de Letras de Mayor Cuantía en lo Civil de ese departamento, al momento de hacerse efectivo el traslado.