Artículo 8° Cada uno de los hipódromos autorizadosLEY 18393
ART UNICO podrá realizar hasta 86 reuniones en el año, en las fechas que ellos determinen.
ART UNICO podrá realizar hasta 86 reuniones en el año, en las fechas que ellos determinen.
En las ciudades donde hubiere dos o más hipódromos, éstos no podrán celebrar reuniones en un mismo día, debiendo hacerlo en la forma que tengan convenida a la fecha de publicación de la presente ley o que convengan a futuro.