Artículo 18.- La denominación "Detective" sóloLEY 18322
ART UNICO podrá ser usada por el personal en servicio activo de Policía de Investigaciones de Chile que tenga nombramiento de tal.
ART UNICO podrá ser usada por el personal en servicio activo de Policía de Investigaciones de Chile que tenga nombramiento de tal.
La infracción de esta disposición será sancionada con presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de 11 a 20 sueldo vitales mensuales de la Región Metropolitana de Santiago.