DEROGA EL DECRETO LEY N° 2.331, DE 1978 Santiago, 15 de Enero de 1979.- Con esta fecha se ha dictado lo siguiente:
    Núm. 2.468.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes Nos. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y 991, de 1976,
    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
    Decreto ley:

    Artículo único.- Derógase el decreto ley N° 2.331, de 1978, y restablécese en el artículo 158, del D.F.L.
(G) N° 1, de 1968, el plazo existente a la fecha de publicación del decreto ley N° 2.331, de 1978.
    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial y en los Boletines Oficiales del Ejército, Armada, Fuerza Aérea y Carabineros, e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- César Benavides Escobar, Teniente General, Ministro de Defensa Nacional.
    Lo que se transcribe para su conocimiento.- Julio Bravo Valdés, Coronel, Subsecretario de Guerra.