Artículo 6°.- La contravención de lo dispuesto enLEY 20112
Art. único Nº 3
D.O. 13.07.2006
los artículos 3º, 4º y 5º será sancionada disciplinariamente con la medida de censura por escrito. En casLey 20868
Art. ÚNICO b)
D.O. 28.10.2015
o de reincidencia, la sanción será la suspensión de funciones por un lapso no inferior a un mes.