Artículo 12.- Provincia de Limarí.
1.- Comuna de Ovalle, capital Ovalle. Comprende la actual comuna de Ovalle, con las siguientes modificaciones:
a) Se excluye la parte de los distritos 17 La Paloma y 18 Guallillinga, situada al oriente de las líneas de cumbres que limitan por el poniente las hoyas de las quebradas Tamelcura y Los Maitenes.
b) Se incluye el distrito 1 El Cobre, de la actual comuna de Samo Alto.
c) Se incluyen los distritos 2 Los Canelos, 3 Peña Blanca, 4 Los Loros, 5 Soco, 6 Chalinga, 7 Barraza y 11 Hornillas, de la actual comuna de Punitaqui.
d) Se incluye la parte del distrito 8 Camarico, de la actual comuna de Punitaqui, situada al norponiente del estero Punitaqui y del curso de la quebrada Las Majadas.
2.- Comuna de Río Hurtado, capital Pichasca. Comprende la actual comuna de Samo Alto, excepto el distrito 1 El Cobre.
3.- Comuna de Monte Patria, capital Monte Patria. Comprende la actual comuna de Monte Patria, con las siguientes modificaciones:
a) Se excluye la parte del distrito 19 Guanillas correspondiente a la hoya superior de la quebrada La Laja, situada al poniente del siguiente límite: la línea de cumbres que limita por el oriente las hoyas de las quebradas Matamoros y Brillosas, desde la línea de cumbres que limitan por el norte la hoya de la quebrada La Laja hasta el curso de la quebrada La Laja; la quebrada La Laja, desde la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la quebrada Brillosas hasta la desembocadura de la quebrada Brillosas; la línea recta que une la desembocadura de la quebrada Brillosas con la cota 891, individualizada en la carta del Instituto Geográfico Militar 1:50.000, y la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de la quebrada Agua Fría, desde la cota 891 hasta la cota 1.105, asignada al topónimo Tío Vicho.
b) Se incluyen los distritos 7 San Marcos, 9 Chañaral Alto y 10 San Lorenzo, de la actual comuna de Combarbalá.
c) Se incluye la parte de los distritos 17 La Paloma y 18 Guallillinga, de la actual comuna de Ovalle, situada al oriente de las líneas de cumbres que limitan por el poniente las hoyas de las quebradas Tamelcura y Los Maitenes.
4.- Comuna de Combarbalá, capital Combarbalá. Comprende la actual comuna Combarbalá, excepto los distritos 6 Huilmo, 7 San Marcos, 9 Chañaral Alto y 10 San Lorenzo.
5.- Comuna de Punitaqui, capital Punitaqui. Comprende la actual comuna de Punitaqui, con las siguientes modificaciones:
a) Se excluyen los distritos 2 Los Canelos, 3 Peña Blanca, 4 Los Loros, 5 Soco, 6 Chalinga, 7 Barraza y 11 Hornillas.
b) Se excluye la parte del distrito 8 Camarico, situada al norponiente del estero Punitaqui y del curso de la quebrada Las Majadas.
c) Se incluye el distrito 6 Huilmo, de la actual comuna de Combarbalá.
d) Se incluye la parte del distrito 19 Guanillas, de la actual comuna de Monte Patria, correspondiente a la hoya superior de la quebrada La Laja, situada al poniente del siguiente límite: la línea de cumbres que limita por el oriente las hoyas de las quebradas Matamoros y Brillosas, desde la línea de cumbres que limita por el norte la hoya de la quebrada La Laja hasta el curso de la quebrada La Laja; la quebrada La Laja, desde la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la quebrada Brillosas hasta la desembocadura de la quebrada Brillosas; la línea recta que une la desembocadura de la quebrada Brillosas con la cota 891, individualizada en la carta del Instituto Geográfico Militar 1:50.000, y la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de la quebrada Agua Fría, desde la cota 891 hasta la cota 1.105, asignada al topónimo Tío Vicho.