Artículo 46.- Provincia Antártica Chilena.
1.- Comuna de Cabo de Hornos, capital PuertoLEY 19726
Art. 1º
D.O. 26.05.2001 Williams. Comprende la actual comuna de Cabo de Hornos.
Art. 1º
D.O. 26.05.2001 Williams. Comprende la actual comuna de Cabo de Hornos.
2.- Comuna de la Antártica, capital Puerto Covadonga. Comprende la actual comuna de la Antártica.
NOTA:
El Art. 2º de la LEY 19726, publicada el 26.05.2001, establece la agrupación de las comunas de Cabo de Hornos y Antártica, cuya administración corresponderá a la Municipalidad con asiento en la comuna de Cabo de Hornos. Asimismo, el Art. transitorio de la misma ley dispone que la agrupación de comunas entrará en vigencia el 1 de enero del año siguiente al de su publicación.
El Art. 2º de la LEY 19726, publicada el 26.05.2001, establece la agrupación de las comunas de Cabo de Hornos y Antártica, cuya administración corresponderá a la Municipalidad con asiento en la comuna de Cabo de Hornos. Asimismo, el Art. transitorio de la misma ley dispone que la agrupación de comunas entrará en vigencia el 1 de enero del año siguiente al de su publicación.