Artículo 1°- La descripción específica de los límites de las comunas del país, establecidos en el presente decreto ley, será determinada y definida, por una sola vez, mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio del Interior, previa proposición de la Comisión Nacional de la Reforma Administrativa.
NOTA:
El DTO 1325, Interior, publicado el 10.12.1980, estableció específicamente los límites comunales de las regiones de Valparaíso, del Libertador General Bernardo O'higgins, del Maule, del Bío-Bío, de la Araucanía, de los Lagos y Aysén del General Carlos Ibañez del Campo.
El DTO 1325, Interior, publicado el 10.12.1980, estableció específicamente los límites comunales de las regiones de Valparaíso, del Libertador General Bernardo O'higgins, del Maule, del Bío-Bío, de la Araucanía, de los Lagos y Aysén del General Carlos Ibañez del Campo.