Artículo 1°- La descripción específica de los límites de las comunas del país, establecidos en el presente decreto ley, será determinada y definida, por una sola vez, mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio del Interior, previa proposición de la Comisión Nacional de la Reforma Administrativa.

NOTA:
    El DTO 1325, Interior, publicado el 10.12.1980, estableció específicamente los límites comunales de las regiones de Valparaíso, del Libertador General Bernardo O'higgins, del Maule, del Bío-Bío, de la Araucanía, de los Lagos y Aysén del General Carlos Ibañez del Campo.