Artículo 5°- Intercálase, a contar de su vigencia, en el inciso primero del artículo 4° del decreto ley N° 2.411, de 1978, a continuación del guarismo "1974", la siguiente frase "o la asignación establecida en el artículo 10 del decreto ley N° 924, de 1975".
Intercálase, asimismo, a contar de su vigencia, en el inciso agregado por el decreto ley N° 2.879, de 1979, al artículo 1° del referido decreto ley N° 2.411, a continuación del guarismo "1974", la siguiente frase:
"10 del decreto ley N° 924, de 1975".