RENUEVA FACULTADES QUE INDICA Santiago, 17 de Junio de 1980.- Con esta fecha se ha dictado el siguiente decreto ley:
Núm. 3.431.- Visto: lo dispuesto en los decretos leyes N°s. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y 991, de 1976.
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo único.- Renuévanse por noventa días, contados desde la publicación de este decreto ley, las facultades conferidas al Presidente de la República por los artículos 25, inciso primero, letra b); 28 y 34, inciso primero, del decreto ley N° 2.763, de 1979.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Alejandro Medina Lois, General de Brigada, Ministro de Salud Pública.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Alvaro Donoso Barros, Subsecretario de Salud Pública.