MODIFICA DECRETO Nº 29, DE 1975

    Núm. 503.- Santiago, 16 de Agosto de 1984.- Considerando: Que es necesario afianzar en los educandos los sentimientos de patriotismo y el respeto por los símbolos patrios, concediendo la adecuada relevancia que debe tener el homenaje a la bandera y el acto cívico que se realiza en los establecimientos educacionales; y
    Visto: Lo dispuesto en el D.F.L. Nº 7.912 de 1927 y en el artículo 32, Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile,

    Decreto:

    Artículo 1º.- Modifícase el decreto supremo de Educación Nº 29, de 1975, en la siguiente forma:
    a) Sustitúyese el inciso 2º del artículo 1º, por los siguientes:
    "Los establecimientos educacionales fiscales y particulares iniciarán sus actividades cada semana con un homenaje a la bandera que enaltezca el sentimiento patriótico y el orgullo de la nacionalidad.
    El primer lunes de cada mes, se realizará además, un breve acto cívico consagrado a destacar algún nombre, hecho o circunstancia y servirá para poner de relieve la importancia y proyección del acontecimiento histórico que se conmemore en la efeméride más próxima, señalada en el Calendario de Efemérides que, por resolución fije el Ministerio de Educación Pública".
    b) Derógase el artículo 8º
    Artículo 2º.- Derógase el decreto supremo de Educación Nº 829, de 5 de Agosto de 1983.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Horació Aránguiz Donoso, Ministro de Educación Pública.

    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a usted.-René Salamé Martin, Subsecretario de Educación Pública.