Artículo 202.- Esterilización es el procedimiento por el que se somete uniformemente la totalidad de lasDTO 214, SALUD
Art. primero II Nº12
D.O. 04.02.2006
leches u otros productos lácteos a un proceso térmico en autoclave o equipo similar, por el tiempo necesario para asegurar la ausencia de gérmenes viables y esporas que germinen en condiciones normales de almacenamiento.


NOTA:
      El Art. transitorio del DTO 214, Salud, publicado el 04.02.2006, dispuso que la modificación introducida al presente artículo rige a contar de 180 días desde su publicación.