Artículo 225.- Mantequilla, Decreto 37, SALUD
Art. 1 N° 1
D.O. 18.01.2017sin otra denominación, es el producto lácteo derivado exclusivamente de la crema pasteurizada de leches.
Art. 1 N° 1
D.O. 18.01.2017sin otra denominación, es el producto lácteo derivado exclusivamente de la crema pasteurizada de leches.
Los productos que usen la expresión de fantasía "mantequilla de.", sin tratarse de un producto lácteo, deberán rotular, además, el nombre del alimento de que se trate, en los términos exigidos por la letra a) del artículo 107 del presente reglamento, informando la verdadera naturaleza del producto en forma específica.