Artículo 321.- El pescado fraccionado deberá cumplir con las siguientes características
físico-organolépticas:


a)  aspecto externo
    - tronco: mantener la pigmentación externa;
    - medallones y filetes: color rosado traslúcido; blanquecino en carnes provenientes de pescados de carne blanca;
b)  olor: fresco y propio;
c)  consistencia muscular: firme, no se hunde a la presión del dedo, o bien retorna a su condición normal;
d)  textura: miómeros definidos;
e)  pH: máximo 6,8.