Artículo 321.- El pescado fraccionado deberá cumplir con las siguientes características
físico-organolépticas:
a) aspecto externo
- tronco: mantener la pigmentación externa;
- medallones y filetes: color rosado traslúcido; blanquecino en carnes provenientes de pescados de carne blanca;
b) olor: fresco y propio;
c) consistencia muscular: firme, no se hunde a la presión del dedo, o bien retorna a su condición normal;
d) textura: miómeros definidos;
e) pH: máximo 6,8.