Artículo 344.- Se permite el agregado comoDTO 90, SALUD
Art. 1°
D.O. 28.04.2000 antiaglomerante o antihumectante al huevo en polvo de no más de 1% en peso de dióxido de silicio, y no más de 1,5% en peso de silicato de aluminio y sodio.
Art. 1°
D.O. 28.04.2000 antiaglomerante o antihumectante al huevo en polvo de no más de 1% en peso de dióxido de silicio, y no más de 1,5% en peso de silicato de aluminio y sodio.