Artículo 385.- DEROGADODTO 68, SALUD
Art. primero Nº 25
D.O. 23.01.2006


NOTA:
      El Art. segundo del DTO 68, Salud, publicado el 23.01.2006, dispuso que la modificación introducida al presente artículo rige a contar de 180 días después de su publicación.