Artículo 538.- Los niveles, máximo y mínimo, deDTO 287, SALUD
Art. 2º
D.O. 18.02.2002 vitaminas, minerales y demás componentes a que alude el artículo 534, serán establecidos por resolución del Ministerio de Salud, dictada en uso de sus atribuciones legales técnico normativas.
Art. 2º
D.O. 18.02.2002 vitaminas, minerales y demás componentes a que alude el artículo 534, serán establecidos por resolución del Ministerio de Salud, dictada en uso de sus atribuciones legales técnico normativas.