Artículo 26.- En el presupuesto del Ministerio deLEY 18768
ART 46,l)
VER NOTA 1 Educación Pública se consultará anualmente un ítem denominado subvención adicional para la Educación Especial Diferenciada, con cargo al cual se pagará aVER NOTA 1.1 los establecimientos que corresponden una Subvención Adicional a otras que se otorguen por esta modalidad de enseñanza. Estas subvenciones adicionales tendrán los valores mínimos y máximos mensuales por alumno asistente de 1,3 U.S.E. a 1,5 U.S.E.
ART 46,l)
VER NOTA 1 Educación Pública se consultará anualmente un ítem denominado subvención adicional para la Educación Especial Diferenciada, con cargo al cual se pagará aVER NOTA 1.1 los establecimientos que corresponden una Subvención Adicional a otras que se otorguen por esta modalidad de enseñanza. Estas subvenciones adicionales tendrán los valores mínimos y máximos mensuales por alumno asistente de 1,3 U.S.E. a 1,5 U.S.E.
El Intendente determinará anualmente sobre la base de los recursos asignados los valores que estas subvenciones tendrán en su región.