MODIFICA RESOLUCION Nº 538 EXENTA, DE 1986
Núm. 709 exenta.- Santiago, 6 de mayo de 1997.- Visto: El artículo 89 de la Ley Nº 18.290; los artículos 79, 80, 81 y 82 del D.S. Nº 212/92 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; el oficio Nº 312/97 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la IX Región,
R e s u e l v o:
1.- Modifícase el numeral 1.- de la Resolución Exenta Nº 538, de 10 de junio de 1986, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, en orden a incorporar a Padre Las Casas en la nómina de comunas en que es obligatorio el uso del taxímetro como mecanismo de cobro tarifario en taxis básicos.
2.- La obligación del uso de taxímetro para los taxis básicos que presten servicios en la comuna de Padre Las Casas se hará exigible a contar del 1 de julio de 1997.
Anótese y publíquese.- Claudio Hohmann Barrientos, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Patricia Muñoz Villela, Jefe Depto. Administrativo.