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Decreto Ley 3500

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Decreto Ley 3500

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Decreto Ley 3500 ESTABLECE NUEVO SISTEMA DE PENSIONES

MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

Decreto Ley 3500

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Tiene texto diferido

Promulgación:

Publicación: 13-NOV-1980

Versión: - undefined

Materias: ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES, PENSIONES DE VEJEZ, PENSIONES

Resumen: Esta ley tiene por objeto crear un Sistema de Pensiones de Vejez, de Invalidez y Sobrevivencia derivado de la cap ... ver más >>

MODIFICACIONCONCORDANCIAREGLAMENTORECTIFICACION
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ESTABLECE NUEVO SISTEMA DE PENSIONES

    Santiago, 4 de Noviembre de 1980.- Hoy se dictó el siguiente:
    Núm. 3.500.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes Nos 1 y 128, de 1973; 527, de 1974; y 991, de 1976,
    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente

    Decreto ley:


Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Con Vigencia Diferida por Fecha
De 01-ABR-2027
01-ABR-2027
Con Vigencia Diferida por Fecha
De 01-JUN-2026
01-JUN-2026 31-MAR-2027
Con Vigencia Diferida por Fecha
De 01-SEP-2025
01-SEP-2025 31-MAY-2026
Última Versión
De 01-JUN-2025
01-JUN-2025 31-AGO-2025
Intermedio
De 26-MAR-2025
26-MAR-2025 31-MAY-2025
Intermedio
De 14-JUN-2024
14-JUN-2024 25-MAR-2025
Intermedio
De 17-AGO-2023
17-AGO-2023 13-JUN-2024
Intermedio
De 13-JUN-2022
13-JUN-2022 16-AGO-2023
Intermedio
De 01-FEB-2022
01-FEB-2022 12-JUN-2022
Intermedio
De 01-JUL-2021
01-JUL-2021 31-ENE-2022
Intermedio
De 31-DIC-2020
31-DIC-2020 30-JUN-2021
Intermedio
De 19-OCT-2020
19-OCT-2020 30-DIC-2020
Intermedio
De 01-JUL-2020
01-JUL-2020 18-OCT-2020
Intermedio
De 01-ENE-2020
01-ENE-2020 30-JUN-2020
Intermedio
De 02-FEB-2019
02-FEB-2019 31-DIC-2019
Intermedio
De 12-ENE-2019
12-ENE-2019 01-FEB-2019
Intermedio
De 01-MAY-2018
01-MAY-2018 11-ENE-2019
Intermedio
De 01-NOV-2017
01-NOV-2017 30-ABR-2018
Intermedio
De 01-AGO-2017
01-AGO-2017 31-OCT-2017
Intermedio
De 26-ENE-2016
26-ENE-2016 31-JUL-2017
Intermedio
De 22-OCT-2015
22-OCT-2015 25-ENE-2016
Intermedio
De 15-OCT-2015
15-OCT-2015 21-OCT-2015
Intermedio
De 10-OCT-2014
10-OCT-2014 14-OCT-2015
Intermedio
De 01-JUL-2012
01-JUL-2012 09-OCT-2014
Intermedio
De 01-ENE-2012
01-ENE-2012 30-JUN-2012
Intermedio
De 17-DIC-2011
17-DIC-2011 31-DIC-2011
Intermedio
De 31-AGO-2011
31-AGO-2011 16-DIC-2011
Intermedio
De 01-ENE-2011
01-ENE-2011 30-AGO-2011
Intermedio
De 01-OCT-2010
01-OCT-2010 31-DIC-2010
Intermedio
De 01-JUL-2009
01-JUL-2009 30-SEP-2010
Intermedio
De 06-JUN-2009
06-JUN-2009 30-JUN-2009
Intermedio
De 01-MAR-2009
01-MAR-2009 05-JUN-2009
Intermedio
De 01-ENE-2009
01-ENE-2009 28-FEB-2009
Intermedio
De 01-OCT-2008
01-OCT-2008 31-DIC-2008
Intermedio
De 01-JUL-2008
01-JUL-2008 30-SEP-2008
Intermedio
De 17-MAR-2008
17-MAR-2008 30-JUN-2008
Intermedio
De 31-JUL-2007
31-JUL-2007 16-MAR-2008
Intermedio
De 05-JUN-2007
05-JUN-2007 30-JUL-2007
Intermedio
De 31-MAY-2005
31-MAY-2005 04-JUN-2007
Intermedio
De 21-FEB-2004
21-FEB-2004 30-MAY-2005
Intermedio
De 28-AGO-2003
28-AGO-2003 20-FEB-2004
Intermedio
De 01-SEP-2002
01-SEP-2002 27-AGO-2003
Intermedio
De 01-MAR-2002
01-MAR-2002 31-AGO-2002
Intermedio
De 28-FEB-2002
28-FEB-2002 28-FEB-2002
Intermedio
De 20-DIC-2000
20-DIC-2000 27-FEB-2002
Intermedio
De 28-OCT-1999
28-OCT-1999 19-DIC-2000
Intermedio
De 25-ENE-1999
25-ENE-1999 27-OCT-1999
Intermedio
De 18-ENE-1999
18-ENE-1999 24-ENE-1999
Intermedio
De 29-JUL-1998
29-JUL-1998 17-ENE-1999
Texto Original
De 13-NOV-1980
13-NOV-1980 28-JUL-1998
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Proyectos de Modificación (31)

1.- Prohíbe la realización de publicidad por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones, en los medios de comunicación y en las circunstancias que señala (Boletín N° 17308-13)
2.- Modifica el decreto ley N° 3.500, de 1980, para restringir el uso de ciertas comisiones establecidas en favor de las administradoras de fondos de pensiones. (Boletín N° 16898-13)
3.- Modifica el decreto ley N° 3.500, de 1980, para rebajar a cuarenta y cinco años la edad de jubilación para personas con síndrome de Down. (Boletín N° 16874-13)
4.- Modifica el decreto ley N° 3.500, de 1980, para agilizar la tramitación de la solicitud de pensión de invalidez, tratándose de enfermos terminales. (Boletín N° 16739-13)
5.- Autoriza a las instituciones de seguridad social para celebrar convenios de pago de cotizaciones previsionales adeudadas, y modifica las leyes que indica. (Boletín N° 16698-13)
6.- Modifica cuerpos legales que indica para adecuar su denominación a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Boletín N° 15411-35)
7.- Modifica el decreto ley N° 3.500, para fijar en 45 años la edad de jubilación de personas con Síndrome de Down (Boletín N° 14720-13)
8.- Prohíbe a las Administradoras de Fondos de Pensiones y a las compañías de seguros de vida que operen contratos de rentas vitalicias, realizar publicidad o promoción de sus actividades en todo medio de comunicación (Boletín N° 14686-24)
9.- Dicta normas sobre la publicidad que realizan las Administradoras de Fondos de Pensiones en los medios de comunicación (Boletín N° 14681-24)
10.- Regula los cambios de fondos de pensiones (Boletín N° 13959-13)
11.- Modifica el decreto ley N°3.500, que Establece nuevo sistema de pensiones, en materia de integración de la comisión médica central (Boletín N° 13851-13)
12.- Modifica el decreto ley N°3.500, que Establece nuevo sistema de pensiones, para excluir de la licitación del seguro de invalidez y sobrevivencia, a las compañías de seguros de vida en cuya propiedad participe como controlador o dueño de cualquier porcentaje, una Administradora de Fondos de Pensiones (Boletín N° 13834-13)
13.- Modifica el decreto ley N°3.500, de 1980, a objeto de declarar inhábiles para ser directores o gerentes de una Administradora de Fondos de Pensiones a quienes sean accionistas o tengan inversiones, directa o indirectamente, en sociedades constituidas en el extranjero, o que operen exclusivamente fuera del país (Boletín N° 13649-03)
14.- Modifica el decreto ley N°3.500, que Establece un nuevo sistema de pensiones, para establecer un mecanismo transitorio de retiro parcial y posterior reintegro de los fondos previsionales, con ocasión de la declaración de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, que signifique grave riesgo para la salud o vida de las personas (Boletín N° 13637-13)
15.- Proyecto de ley sobre responsabilidad de las administradoras de fondos de pensiones por la rentabilidad de los fondos. (Boletín N° 13331-13)
16.- Mejora pensiones del sistema de pensiones solidarias y del sistema de pensiones de capitalización individual, crea nuevos beneficios de pensión para la clase media y las mujeres, crea un subsidio y seguro de dependencia, e introduce modificaciones en los cuerpos legales que indica (Boletín N° 12212-13)
17.- Modifica diversos textos legales con el objeto de eliminar privilegios procesales establecidos en favor de la Administración del Estado (Boletín N° 12206-07)
18.- Modifica el Código Civil y el decreto ley N° 3.500 de 1980 que Establece Nuevo Sistema de Pensiones para otorgar privilegio al crédito que deriva de los alimentos que se deben por ley de modo que se paguen con preferencia a las cotizaciones previsionales y otras prestaciones. (Boletín N° 12147-18)
19.- Modifica el decreto ley N° 3.500, que Establece Nuevo Sistema de Pensiones, con el objeto de exigir a las Administradoras de Fondos de Pensiones que informen a sus afiliados la totalidad de los cobros que efectúan por concepto de comisiones. (Boletín N° 11881-13)
20.- Crea el Nuevo Ahorro Colectivo, aumenta la cobertura del Sistema de Pensiones y Fortalece el Pilar Solidario (Boletín N° 11372-13)
21.- Introduce cambios regulatorios al sistema de capitalización individual (Boletín N° 11371-13)
22.- Modifica cuerpos legales que indica en materia de fusión de administradoras de fondos de pensiones (Boletín N° 10351-03)
23.- Modifica el decreto ley N° 3.500 y la ley N° 17.322 para perfeccionar el delito de apropiación indebida de cotizaciones previsionales por parte del empleador que omite pagarlas en la institución previsional. (Boletín N° 9705-13)
24.- Modifica el decreto ley N° 3.500, de 1980, que Establece Nuevo Sistema de Pensiones, en materia de calificación de trabajos pesados. (Boletín N° 9581-13)
25.- Modifica decreto ley N° 3.500, con el propósito de exigir a las Administradoras de Fondos de Pensiones, compensar a sus afiliados, las pérdidas que experimenten los fondos en que cotizan. (Boletín N° 9401-13)
26.- Establece mecanismo de repartición de la rentabilidad de las AFP. (Boletín N° 9137-13)
27.- Faculta al Estado para crear una AFP Estatal (Boletín N° 8804-13)
28.- Establece la obligación de secreto de la información previsional emanadas de las AFP (Boletín N° 7833-13)
29.- Proyecto de ley relativo a la responsabilidad en la administración de los Fondos de Pensiones (Boletín N° 7747-13)
30.- Modifica las normas sobre responsabilidad por la administración de los Fondos de Pensiones. (Boletín N° 6259-13)
31.- Proyecto de ley que modifica el decreto ley N° 3.500 en lo relativo al costo de los servicios que prestan las Administradoras de Fondos de Pensiones (Boletín N° 1656-13)

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