ARTICULO 3° La organización general del Servicio Nacional de Geología y Minería estará constituida por:
- La Dirección Nacional.
- La Subdirección Nacional de Geología.
- La Subdirección Nacional de Minería.
- La Asesoría Jurídica.
- La Oficina de Planificación.
- El Departamento de Geología General.
- El Departamento de Geología Aplicada.
- El Departamento de Propiedad Minera.
- El Departamento de Producción, y
- El Departamento Administrativo.