ARTICULO 3° La organización general del Servicio Nacional de Geología y Minería estará constituida por:
    - La Dirección Nacional.
    - La Subdirección Nacional de Geología.
    - La Subdirección Nacional de Minería.
    - La Asesoría Jurídica.
    - La Oficina de Planificación.
    - El Departamento de Geología General.
    - El Departamento de Geología Aplicada.
    - El Departamento de Propiedad Minera.
    - El Departamento de Producción, y
    - El Departamento Administrativo.