Artículo 2°- Derógase en el inciso primero del artículo 171 de la Ordenanza de Aduanas, D.F.L. N° 213, de 1953, la frase "cuando conste en ellos la conformidad de la empresa porteadora respectiva para que se haga entrega de las mercancías", y reemplázase la coma que la antecede por un punto aparte.