Artículo 10.o- Anualmente, el Superintendente proveerá los cargos de Médicos Asesores de especialidades señalados en la Planta del Departamento Médico. La resolución de nombramiento les asignará su remuneración ateniéndose, únicamente para, este efecto, a los términos de la ley N.o 15.076, sus modificaciones posteriores y las que se dicten en el futuro.