Artículo 167.- Derógase el Capítulo XXI del Reglamento General de Orden, Seguridad y Disciplina en las Naves y Litoral de la República, aprobado por decreto supremo N° 1.340 bis, de 1941, cuyo texto fue fijado por decreto supremo N° 1.063, de 1973, ambos del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina.