Artículo 5º: Para la obtención de la autorización de instalación y funcionamiento del establecimiento, el propietario o representante legal, en caso de tratarse de una persona jurídica, deberá elevar una solicitud al Servicio de Salud competente señalando el tipo de servicio que desea prestar, acompañada de los siguientes antecedentes:
a) Nombre, dirección y teléfono del establecimiento,
b) Individualización, Rut y domicilio del propietario y, respecto de las personas jurídicas, esos mismos datos de su representante legal y documentos que acrediten la personalidad jurídica y personería de éste.
c) Documentos que acrediten el dominio del inmueble o del derecho a usarlo por el peticionario.
d) Identificación del director técnico responsable con copia de su certificado de título y horario de trabajo.
e) Especificación de los elementos y material con que cumplirá su servicio; ambulancias con su respectivo equipamiento; equipos de comunicaciones, etc.
En caso de tratarse de un servicio con clientes afiliados, el material y equipos con que cuente deberá ser suficiente para cubrir la demanda potencial contratada.
f) Planta de personal de médicos y enfermeras con que funcionará con sus horarios de trabajo y sistema de turnos.
g) Libro foliado, que será timbrado por el Servicio de Salud, de sugerencias y reclamos de los usuarios.